Acuerdo de tipo «Medidas cautelares / cuentas»
Juricio clasifica un acuerdo como «Medidas cautelares / cuentas» cuando su síntesis contiene expresiones típicas de ese tipo de resolución. Prioridad sugerida: media.
Qué hacer
Revisa el alcance de la medida (bloqueo, retención o liberación) y gestiona los oficios correspondientes.
Si el acuerdo concede un plazo, puedes estimar su vencimiento con la calculadora de plazos.