# Edictos: qué son, para qué sirven y dónde consultarlos

Revisión editorial: 22 de octubre de 2026. Fuentes oficiales citadas.

Texto actualizado el 22 de octubre de 2026.

Un edicto es un aviso que un juzgado manda publicar para notificar a una persona que no se puede localizar, porque se ignora su domicilio, es incierta o desapareció, o para llamar a quienes puedan tener interés en un asunto, como un remate o una herencia. Se publica en los medios que fija la ley del juicio: el medio de comunicación oficial del poder judicial, periódicos o el Diario Oficial de la Federación.

Juricio no es un sitio oficial del Poder Judicial ni de ningún tribunal: reúne publicaciones oficiales y enlaza a cada fuente. Esta guía es información general, no asesoría legal: para decidir qué hacer en un juicio, consulta a una abogada o un abogado y confirma cada dato en la fuente oficial.

## Cuándo se notifica por edictos

El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares permite emplazar o notificar por edictos en tres casos: cuando se trata de personas inciertas; de personas cuyo domicilio se ignora, si así se manifiesta bajo protesta de decir verdad y después de los informes que el juzgado pida a las autoridades o instituciones con registro oficial de personas; y cuando hay que citar a juicio a alguien que desapareció, no tiene domicilio conocido o no se sabe dónde está (artículo 209).

Las demás leyes siguen la misma lógica. El Código de Comercio manda notificar por edictos la primera notificación de quien tiene domicilio desconocido, después de recabar el informe de una autoridad o institución con registro oficial de personas (artículo 1070), y también prevé los edictos entre las formas de notificación (artículo 1068, fracción IV). La Ley Federal del Trabajo los usa cuando el tribunal no logra conocer el domicilio de la parte demandada, previo informe de una institución con registro oficial de personas (artículo 712). En el amparo, si no se logra la primera notificación a la persona tercera interesada, se hace por edictos a costa de la persona quejosa (Ley de Amparo, artículo 27, fracción III).

Los edictos sirven también para llamar a terceros. En una herencia sin testamento, el juzgado manda publicar edictos para llamar a quienes se crean con derecho a ella (Código Nacional, artículos 720 y 722), y en un juicio mercantil la venta de bienes embargados se anuncia por edictos antes del remate (Código de Comercio, artículo 1411). En el glosario: [edicto](https://juricio.com/glosario#edicto), [emplazamiento](https://juricio.com/glosario#emplazamiento), [remate](https://juricio.com/glosario#remate).

## Dónde y cuántas veces se publica

| Ley | Dónde se publica | Cuántas veces | Plazo y efectos |
|---|---|---|---|
| Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (artículo 209) | En el medio de comunicación procesal oficial del poder judicial de la entidad o de la Federación. | Tres veces, de tres en tres días. | De quince a treinta días para presentarse, desde el día siguiente al de la última publicación. |
| Código de Comercio (artículo 1070), primera notificación | En un periódico de circulación amplia y cobertura nacional y en un periódico local de la entidad en que se debe demandar. | Tres veces consecutivas. | Surte efectos al día siguiente de la última publicación en el periódico oficial (artículo 1075). |
| Ley Federal del Trabajo (artículo 712) | En el sitio de internet que establezca el poder judicial y en el medio oficial de difusión del tribunal, incluido su portal. | Dos veces, con tres días entre una y otra. | De quince a sesenta días para presentarse. |
| Código Federal de Procedimientos Civiles (artículo 315), juicios federales que empezaron con él | En el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República; además, una copia en la puerta del tribunal. | Tres veces, de siete en siete días. | Treinta días para presentarse, desde el siguiente al de la última publicación. |
| Código de Comercio (artículo 1411), remate de bienes | En un periódico de circulación amplia de la entidad donde se lleva el juicio. | Dos veces: con tres días entre una y otra si son muebles y nueve si son inmuebles. | Al menos cinco días entre la última publicación y el remate. |

Si la persona se presenta dentro del plazo, el Código Nacional dice que será emplazada y que el plazo para contestar la demanda empezará al día siguiente; si no, al concluir el plazo del edicto empieza a correr el de la contestación (artículo 209). Con el Código Nacional y con el Código Federal de Procedimientos Civiles, el edicto contiene una relación sucinta de la demanda (artículos 209 y 315, respectivamente).

En los juicios que todavía siguen el código de procedimientos de un estado, el número de publicaciones y los medios pueden ser otros: los fija ese código.

## Qué dice un edicto

Un edicto suele traer:

- El juzgado que lo ordena y el número de expediente.
- El tipo de juicio y las partes.
- Una relación sucinta de la demanda o de la resolución que se notifica.
- Lo que se le hace saber a la persona: que debe presentarse, y en qué plazo.
- La fecha y el lugar en que se firmó; en el Diario Oficial, además, una referencia del aviso.

Con el Código Nacional y con el Código Federal de Procedimientos Civiles, el plazo no corre desde la fecha del edicto sino desde el día siguiente al de la última publicación: anota cuándo se publicó cada vez.

## Dónde consultarlos

El Diario Oficial de la Federación publica los avisos de los juicios en su sección «Avisos judiciales y generales», que se consulta por fecha o con la búsqueda avanzada de su portal (enlace en «Fuentes y referencias»). Su edición electrónica es la oficial y el acceso a ella es gratuito (Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, artículos 5 y 8).

Los poderes judiciales de las entidades publican los suyos en su boletín, en un portal de edictos o en el periódico oficial del estado. Estos son los portales de edictos del catálogo de fuentes de Juricio:

- **Aguascalientes** [Edictos laborales, familiares y civiles (índice)](https://www.poderjudicialags.gob.mx/Web/NotificacionEdictos) www.poderjudicialags.gob.mx
- **Campeche** [Edictos familiares (página oficial)](https://www.poderjudicialcampeche.gob.mx/edictos-familiares/) www.poderjudicialcampeche.gob.mx
- **Campeche** [Estrados y edictos de juzgados laborales (visor de carpetas)](https://poderjudicialcampeche.gob.mx/juzgadoslaborales/sedes.html) poderjudicialcampeche.gob.mx
- **Chiapas** [Edictos del Poder Judicial](https://poderjudicialchiapas.gob.mx/edictospje) poderjudicialchiapas.gob.mx
- **Ciudad de México** [Edictos de Declaración Especial de Ausencia (portal)](https://gestorcontenidos.poderjudicialcdmx.gob.mx/avisos-edictos) gestorcontenidos.poderjudicialcdmx.gob.mx
- **Coahuila** [Edictos, agenda de audiencias, sentencias y ubicación de expedientes (Consultas PJECZ)](https://www.pjecz.gob.mx/consultas/edictos/) www.pjecz.gob.mx
- **Coahuila** [Edictos de declaración de ausencia (páginas estáticas)](https://www.pjecz.gob.mx/edictos-de-declaracion-de-ausencia/) www.pjecz.gob.mx
- **Colima** [Edictos electrónicos del Poder Judicial](https://stjcolima.gob.mx/edictos/) stjcolima.gob.mx
- **Estado de México** [Gaceta del Gobierno: avisos judiciales (edictos)](https://legislacion.edomex.gob.mx/ve_periodico_oficial) legislacion.edomex.gob.mx
- **Guerrero** [Edictos judiciales del Periódico Oficial (avisos generales y judiciales)](https://periodicooficial.guerrero.gob.mx/publicaciones/?cat=16) periodicooficial.guerrero.gob.mx
- **Hidalgo** [Edictos judiciales del Periódico Oficial del Estado](https://periodico.hidalgo.gob.mx/?page_id=148410) periodico.hidalgo.gob.mx
- **Jalisco** [Periódico Oficial «El Estado de Jalisco» (edictos)](https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/) periodicooficial.jalisco.gob.mx
- **Jalisco** [STJ, edictos (declaración especial de ausencia por desaparición)](https://edictos.stjjalisco.gob.mx/edictos) edictos.stjjalisco.gob.mx
- **Michoacán** [Periódico Oficial (edictos)](https://periodicooficial.michoacan.gob.mx/) periodicooficial.michoacan.gob.mx
- **Morelos** [Edictos del TSJ (página con PDF)](https://tsjmorelos.gob.mx/edictos/) tsjmorelos.gob.mx
- **Nayarit** [Edictos (Tribunal Virtual, servicio al público)](https://tribunalvirtual-tsjnay.gob.mx/publico/edictos.public.php) tribunalvirtual-tsjnay.gob.mx
- **Nuevo León** [Edictos de notificación (PJENL)](https://www.pjenl.gob.mx/Edictos/) www.pjenl.gob.mx
- **Oaxaca** [Edictos del sitio oficial del Poder Judicial](https://www.tribunaloaxaca.gob.mx/publicaciones/6) www.tribunaloaxaca.gob.mx
- **Puebla** [Edictos de juzgados civiles, familiares y mixtos (TSJ)](https://www.pjpuebla.gob.mx/edictosconsulta) www.pjpuebla.gob.mx
- **Puebla** [Edictos en el Periódico Oficial del Estado](https://periodicooficial.puebla.gob.mx/) periodicooficial.puebla.gob.mx
- **Puebla** [Edictos en materia laboral](https://edictos.pjpuebla.gob.mx/) edictos.pjpuebla.gob.mx
- **Querétaro** [Periódico Oficial «La Sombra de Arteaga» (edictos)](https://lasombradearteaga.segobqueretaro.gob.mx/) lasombradearteaga.segobqueretaro.gob.mx
- **Quintana Roo** [TSJ: edictos, circulares y avisos](https://www.tsjqroo.gob.mx/index.php/organo-de-administracion-judicial/normatividad-judicial/circulares-y-avisos) www.tsjqroo.gob.mx
- **San Luis Potosí** [Edictos del Supremo Tribunal de Justicia](https://www.stjslp.gob.mx/Edictos) www.stjslp.gob.mx
- **San Luis Potosí** [Periódico Oficial «Plan de San Luis» (edictos)](https://periodicooficial.slp.gob.mx/) periodicooficial.slp.gob.mx
- **Sinaloa** [Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa» (avisos judiciales y edictos)](https://transparencia.sinaloa.gob.mx/periodico-oficial) transparencia.sinaloa.gob.mx
- **Sonora** [Boletín Oficial del Gobierno del Estado (edictos)](https://boletinoficial.sonora.gob.mx/) boletinoficial.sonora.gob.mx
- **Sonora** [Edictos del Poder Judicial](https://stjsonora.gob.mx/Publicaciones/Edictos) stjsonora.gob.mx
- **Tabasco** [Edictos judiciales del Periódico Oficial del Estado](https://tabasco.gob.mx/PeriodicoOficial) tabasco.gob.mx
- **Tamaulipas** [Edictos (Tribunal Electrónico, acceso libre)](https://tribunalelectronico.gob.mx/TE/acceso-libre/edictos/seleccione-municipio) tribunalelectronico.gob.mx
- **Tamaulipas** [Periódico Oficial, Sección Judicial (edictos)](https://po.tamaulipas.gob.mx/seccion-judicial-2026/) po.tamaulipas.gob.mx
- **Tlaxcala** [Edictos del Poder Judicial](https://tsjtlaxcala.gob.mx/edictos/) tsjtlaxcala.gob.mx
- **Veracruz** [Edictos judiciales (PJEV)](https://intranet.pjeveracruz.gob.mx/edictos/) intranet.pjeveracruz.gob.mx
- **Yucatán** [Edictos judiciales (Diario Oficial del Gobierno del Estado)](https://www.yucatan.gob.mx/) www.yucatan.gob.mx
- **Zacatecas** [Edictos judiciales](https://apps.pjzac.gob.mx/EdictosJudiciales/) apps.pjzac.gob.mx
- **Tribunales federales** [DOF: edictos en «Avisos judiciales y generales» (API SIDOF)](https://dof.gob.mx/) dof.gob.mx

Direcciones tomadas del catálogo de fuentes que Juricio revisa; un portal puede cambiar de dirección: si no abre, entra desde el sitio del poder judicial o del tribunal.

## Cómo buscar un edicto

1. Elige el medio según la ley del juicio: el Diario Oficial para muchos juicios federales; el boletín, el portal de edictos o el periódico oficial del estado para los juicios locales.
2. Delimita las fechas: si sabes cuándo pudo empezar el juicio, revisa las publicaciones desde entonces.
3. Busca por nombre de la persona o de la empresa, por el número de expediente o por el juzgado, con la búsqueda del portal o la búsqueda de texto del navegador o del lector de PDF.
4. Si encuentras el edicto, busca también sus otras publicaciones: el plazo se cuenta desde la última.
5. Anota el juzgado y el número de expediente y confirma en el juzgado lo que dice el edicto.

## Edictos en Juricio

Hoy Juricio recolecta edictos de 17 fuentes oficiales de 14 entidades y de tribunales federales. Las alertas por nombre comparan el nombre que sigues con las partes de cada publicación nueva, también de los edictos cuando la fuente publica el nombre, y avisan de lo que se publica a partir del día en que creas la alerta. Una coincidencia avisa del nombre publicado; no confirma la identidad de nadie. Más información: [alertas por nombre](https://juricio.com/alertas-por-nombre); si buscas saber si te demandaron, [Cómo saber si tengo una demanda](https://juricio.com/guias/como-saber-si-tengo-una-demanda).

[Buscar por nombre](https://juricio.com/app#/buscar/persona) [Buscar una empresa](https://juricio.com/app#/buscar/empresa) [Buscar un expediente](https://juricio.com/app#/buscar/expediente)

Ninguna página pública muestra nombres de las partes. En la aplicación, la primera búsqueda completa es gratis sin cuenta (una por equipo) y muestra con iniciales a las demás personas físicas, y los nombres de víctimas, ofendidos y testigos de asuntos penales y familiares se muestran siempre con iniciales. Si apareces en una publicación puedes ejercer tus [derechos ARCO](https://juricio.com/arco).

## Preguntas frecuentes

### ¿Desde cuándo corre el plazo de un edicto?

Depende de la ley del juicio. Con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el plazo para presentarse, de quince a treinta días, se cuenta desde el día siguiente al de la última publicación (artículo 209). En un juicio mercantil, la notificación por edictos surte efectos al día siguiente de la última publicación en el periódico oficial (Código de Comercio, artículo 1075).

### ¿Dónde se publican los edictos de los juicios federales?

Depende de la ley del juicio. El Código Federal de Procedimientos Civiles pide publicarlos en el Diario Oficial y en un periódico diario de circulación nacional (artículo 315); con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, se publican en el medio de comunicación procesal oficial del Poder Judicial de la Federación (artículo 209); y en el amparo, el juzgado puede ordenar su publicación en el Diario Oficial sin costo para una persona quejosa de escasos recursos (Ley de Amparo, artículo 27). El Diario Oficial reúne los avisos de los juicios en su sección «Avisos judiciales y generales».

### ¿Consultar los edictos tiene costo?

El acceso a la edición electrónica del Diario Oficial de la Federación es gratuito (Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, artículo 8), y los portales de edictos cuyas publicaciones Juricio recolecta las difunden en abierto.

### ¿Un edicto con mi nombre significa que me demandaron?

No necesariamente: puede ser otra persona con el mismo nombre, y un edicto también puede anunciar un remate o llamar a quienes se crean con derecho a una herencia. Lee el edicto completo, anota el juzgado y el número de expediente y confírmalo en el juzgado.

### ¿Quién paga la publicación de un edicto?

Depende de la ley. En el amparo, los edictos para notificar a la persona tercera interesada se publican a costa de la persona quejosa, salvo que sea de escasos recursos: entonces el juzgado ordena publicarlos en el Diario Oficial de la Federación sin costo para ella (Ley de Amparo, artículo 27, fracción III).

## Fuentes y referencias

- [Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPCF.pdf): artículos 209, 720 y 722; texto vigente, última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026 (consultada el 22 de octubre de 2026).
- [Código de Comercio](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCom.pdf): artículos 1068, 1070, 1075 y 1411; texto vigente, última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025 (consultada el 22 de octubre de 2026).
- [Ley Federal del Trabajo](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf): artículo 712; texto vigente, última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026 (consultada el 22 de octubre de 2026).
- [Código Federal de Procedimientos Civiles](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFPC.pdf): artículo 315; rige los juicios federales que empezaron con él, mientras el Código Nacional entra en vigor (consultada el 22 de octubre de 2026).
- [Ley de Amparo](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf): artículo 27; texto vigente, última reforma publicada en el DOF el 16 de octubre de 2025 (consultada el 22 de octubre de 2026).
- [Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/75_100619.pdf): artículos 2, 5 y 8 (consultada el 22 de octubre de 2026).
- [Diario Oficial de la Federación](https://dof.gob.mx/): sección «Avisos judiciales y generales», consulta por fecha y búsqueda avanzada (consultada el 22 de octubre de 2026).

Las leyes se citan en el texto vigente que compila la Cámara de Diputados, que es informativo: su publicación oficial es la del Diario Oficial de la Federación.

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